Visa M pensionado en Colombia

    Pensión vitalicia mensual estable estatal o privada. Visa M con restricciones laborales y de afiliación social.

    Visa de migrante (M) [Cancillería]

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    Colombia

    Elegibilidad y fundamento legal

    Resolución 5477/2022 · 77 · [Cancillería]

    Datos · 24 de octubre de 2026

    Tipo de visaVisa de migrante (M) [Cancillería]
    Vigencia máximaHasta 3 años [Cancillería]
    Condición económicaPensión vitalicia ≥3 SMLMV mensuales [Cancillería]
    Condiciones de trabajoNo permite trabajar en Colombia [Cancillería]

    Requisitos generales

    1. Solicite ante Cancillería en el portal oficial, no ante Migración Colombia como emisor de visas. Seleccione finalidad y consulte Resolución 5477 consolidada con modificaciones. [Cancillería]
    2. Aporte pasaporte reconocido normalmente válido por al menos seis meses, página de identidad, foto vigente en formato del portal e información requerida. Si solicita desde Colombia, acredite situación migratoria regular y entrada o visa actual según corresponda. [Cancillería]
    3. SMLMV es salario mínimo legal mensual vigente colombiano. Los factores usan salario aplicable al presentar; cifras antiguas en dólares no son umbrales legales. No añada conversión cambiaria sin respaldo. [Cancillería]
    4. Compruebe nombres, fechas, firmas y pruebas financieras. Autoridad puede requerir más documentos o entrevista; presentar no garantiza aprobación ni autoriza actividades adicionales. [Cancillería]

    Requisitos específicos

    1. Certificado competente de pensión vitalicia mínimo 3 SMLMV mensuales a su favor, apostillado y traducido, o emitido por misión diplomática/consular del país de pensión según norma. [Cancillería]
    2. Antecedentes judiciales, penales o policiales del país donde permaneció últimos tres años con formalidades del artículo 21. [Cancillería]
    3. Certificado médico de autoridad colombiana o médica sanitaria del país de origen acreditando aptitud psicofísica. [Cancillería]
    4. Pruebe cobertura colombiana o póliza integral prescrita durante estancia. El artículo 77 no permite trabajar en Colombia. Tampoco permite afiliarse al Sistema de Seguridad Social colombiano, salvo lo dispuesto en acuerdos bilaterales o multilaterales en la materia. [Cancillería]

    Dependientes y formalidades

    1. Las cinco categorías admiten solicitud de beneficiarios elegibles según definición legal. Pruebe matrimonio/unión o filiación, dependencia aplicable y visa principal; no hay aprobación familiar automática. Beneficiarios no pueden trabajar. Artículo 93 contempla cónyuge/pareja y menores de 25 dependientes; mayores con discapacidad elegible requieren evaluación. Aporte compromiso del titular de sustento/salud y extractos promedio de seis meses o certificación laboral; vigencia no supera al principal. [Cancillería]
    2. Documentos públicos extranjeros requieren apostilla o legalización y traducción oficial al español cuando corresponda bajo artículo 21. Carta empresarial de nómada puede ser inglesa o española según artículo 46; excepción no elimina formalidades civiles. [Cancillería]
    3. Para menores confirme nacimiento, custodia y autorizaciones parentales. Representante necesita facultades aplicables. Salud y seguridad social varían por categoría; pensionado tiene restricción de afiliación salvo acuerdos. [Cancillería]
    4. Cuando se exige póliza integral, debe cubrir Colombia durante estancia prevista contra accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación. Artículo 75 no la exige expresamente; confirme obligaciones aplicables aparte. [Cancillería]

    Cinco pasos de solicitud

    1. Evalúe tipo de visa, nacionalidad, actividad permitida y factores SMLMV actuales antes de comprar o viajar. [Cancillería]
    2. Reúna pruebas generales y específicas, documentos autenticados y seguro; use formato vigente del portal. [Cancillería]
    3. Complete solicitud en línea de Cancillería y pague estudio según instrucción actual. Guarde número y recibos. [Cancillería]
    4. Siga requerimientos y responda en plazo comunicado. Si autoriza, pague expedición y revise fechas y límites; no prometemos plazo fijo. [Cancillería]
    5. Tras expedición cumpla registro y cédula de extranjería aplicables ante Migración Colombia. Mantenga finanzas y cobertura, renueve oportunamente e informe cambios requeridos. [Cancillería]

    Costos y precauciones

    Cancillería fija estudio y expedición; pueden variar por nacionalidad, lugar y tarifa vigente. Confirme cálculo oficial. Seguro, certificados, traducción, capital y asesoría individual son separados; no hay paquete de pago para Colombia. [Cancillería]

    Artículo 90 modificado en 2023 exige cinco años computables de estas categorías M inversionista, socio/propietario y pensionado. Nueva visa debe otorgarse antes de vencer la anterior; salvoconducto no asegura continuidad. Pruebe visas previas válidas, movimientos y condiciones persistentes; tiempo solo no garantiza R. V rentista y nómada no computan como estas M. Naturalización es separada, nunca automática. [Cancillería]

    Preguntas frecuentes

    ¿Ahorros reemplazan pensión?
    No como prueba especificada: se exige pensión vitalicia elegible certificada. [Cancillería]
    ¿Puedo aceptar empleo?
    No. Artículo 77 no permite trabajar en territorio nacional. [Cancillería]
    ¿Da afiliación pública automática?
    No. Hay restricción salvo acuerdos; obtenga cobertura admisible y evaluación individual. [Cancillería]

    Fuentes oficiales

    Información editorial, no asesoría jurídica. Traducciones sin revisión jurídica independiente. Cancillería decide; no se garantiza visa, plazo, beneficio fiscal ni ciudadanía.

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