Panama: Jubilado y Pensionado
Categoría de residencia permanente para quien percibe pensión vitalicia elegible. Derecho a pensión, entidad pagadora y sustento familiar deben acreditarse; ahorros o retiros temporales no equivalen a pensión vitalicia.
Revisado el 24 de octubre de 2026

Elegibilidad y fundamento legal
Decreto Ejecutivo 320/2008, arts. 200–203, modificado por Decreto Ejecutivo 26/2009; Panama Digital publica requisitos oficiales de Jubilado y Pensionado. [Gaceta / Panama Digital]
Requisitos migratorios generales
- Designe un abogado idóneo en Panama y prepare la solicitud y el poder notariado. Confirme la lista vigente del SNM antes de firmar o viajar. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Entregue copia completa y legible del pasaporte y la autenticación o presentación personal exigida por el SNM; confirme la vigencia aplicable. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Obtenga antecedentes penales del país de origen o residencia que corresponda, con apostilla o legalización consular cuando proceda. El abogado debe confirmar la jurisdicción emisora aceptada y su vigencia. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Prepare certificado de salud expedido por un profesional autorizado en Panama, tres fotografías tipo carné y declaración jurada de antecedentes personales. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Conserve originales, copias certificadas y prueba de condición migratoria regular. La entrada al país no constituye residencia ni autoriza por sí misma a trabajar. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
Documentación específica de la categoría
- Certificación oficial de pensión vitalicia de al menos B/.1,000 mensuales, de gobierno competente, organismo internacional o entidad privada de pensiones elegible. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- La certificación debe identificar beneficiario, importe y carácter vitalicio; autentique documentos extranjeros según corresponda. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Para excepción inmobiliaria permitida: propiedad en Panama valorada en más de B/.100,000 y pensión vitalicia mínima B/.750 mensual. Es excepción condicionada, no mínimo general. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Si paga entidad privada, presente pruebas adicionales de existencia, autorización, administración y pago exigidas, incluidos documentos societarios/bancarios aplicables. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Presente documentos generales, certificación de pensión y dependientes; el abogado debe confirmar aptitud de la pensión antes de solicitar. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Lista de entidad privada: carta de administrador extranjero de pensiones/fideicomiso/fondos/seguros/banca sobre fondos administrados, certificación de existencia y vigencia de pagadora/administradora y recibo de pago o extracto bancario. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Lista SNM PE2 permite solvencia adicional B/.250 mensuales por dependiente con pensión adicional o referencia bancaria local; no necesariamente pensión extra del mismo pagador. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
Documentos condicionales
- La excepción B/.750 requiere propiedad elegible. Pensión privada exige evidencia adicional de la entidad; un extracto bancario no sustituye certificación de pensión. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Cónyuges pueden sumar pensiones para mínimo, con evidencia completa de ambas. Pensión en moneda extranjera requiere conversión por entidad competente. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Hijos dependientes generalmente tienen permiso temporal hasta 25 años con estudios completos, no Pensionado permanente; lista oficial exceptúa discapacidad profunda comprobada. Dependientes adultos otorgan poder propio. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
Dependientes
- Para cónyuge o hijo elegible, aporte certificados de matrimonio o nacimiento, prueba de parentesco, pasaportes y los justificantes de edad, estudios o dependencia económica que exija la categoría. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Cada dependiente debe superar los controles y formalidades aplicables. Los ingresos, inversiones o pagos oficiales adicionales varían según la vía; no traslade cifras de una categoría a otra. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
Formalidades documentales y fondos lícitos
- Los documentos públicos extranjeros pueden requerir apostilla o legalización consular; si no están en español, traducción certificada aceptada al español. Confirme con el abogado el tratamiento de documentos privados y la idoneidad del traductor. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- La vigencia depende del documento y de la categoría. No suponga que todos los certificados duran seis meses; consulte las instrucciones actuales del SNM. En Inversionista Calificado, la certificación MICI tiene vigencia de tres meses. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Prepare extractos bancarios, transferencias, declaraciones tributarias y pruebas de venta, herencia o ingresos empresariales según corresponda. Capital y titularidad deben ser trazables; un saldo bancario no acredita por sí solo el origen lícito. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
Proceso de solicitud
- El abogado revisa nacionalidad, familia, situación migratoria y vía exacta de inversión o pensión antes de comprometer fondos. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Reúna documentos autenticados y evidencia financiera; complete las certificaciones de inversión o pensión de la categoría y presente expediente completo al SNM. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Atienda requerimientos de subsanación. La aprobación, emisión del carné y autorización laboral separada dependen de las autoridades competentes. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
- Si corresponde etapa provisional de dos años, conserve los requisitos y solicite residencia permanente en el momento exigido. La inversión y verificación anual del Inversionista Calificado son obligaciones separadas. [SNM / Gaceta / Panama Digital]
Tasas oficiales y tramitación
Confirme exenciones de la categoría y tasas administrativas/documentales actuales con abogado y SNM. No aplique pagos de Inversionista Calificado a Pensionado. Honorarios son distintos; no se garantiza fecha de aprobación ni autorización laboral. [Gaceta / Panama Digital]
Preguntas frecuentes
- ¿Ahorros sustituyen la pensión?
- No. Se requiere pensión vitalicia elegible, no solo saldo de ahorro.
- ¿Cuándo basta B/.750?
- Solo con excepción permitida: propiedad elegible en Panama superior a B/.100,000 y pensión vitalicia de al menos B/.750 mensual.
Fuentes oficiales
- https://www.panamadigital.gob.pa/InformacionTramite/solicitud-de-permiso-de-residente-permanente-como-jubilado-y-pensionado
- https://www.migracion.gob.pa/wp-content/uploads/2026/04/PE2.pdf
- https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/26104/12594.pdf
- https://www.migracion.gob.pa/home/procesosmigratorios/permisosmigratorios/
- https://www.migracion.gob.pa/formularios/
Guía informativa, no dictamen jurídico ni traducción revisada por abogado. Prevalece la norma oficial en español. Residencia no equivale a ciudadanía ni autorización laboral automática. Requisitos, tasas y práctica administrativa pueden cambiar; confirme su caso con un abogado idóneo en Panama antes de pagar o invertir.
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